Normativa sobre las vacaciones de medio año

Las vacaciones de medio año de los estudiantes se desarrollarán con normalidad hasta este 5 de agosto, ya que los mismos deberán reiniciar las labores escolares el lunes 8 de agosto, según la RM N° 572-MINEDU.

Sin embargo, existen ciertas actividades que los directores, docentes y auxiliares de educación de las instituciones educativas deben realizar durante este periodo.

Docentes:

Según el artículo 147, en las vacaciones escolares de medio año los profesores del Área de Gestión Pedagógica desarrollan actividades propias de su responsabilidad en el trabajo educativo, sin necesidad de asistir a la institución educativa.

Sin embargo, en caso las instancias de gestión educativa descentralizada programen actividades que requieran de la asistencia del profesor, este se encuentra en la obligación de participar en las mismas, caso contrario se procederá con los descuentos correspondientes.

Auxiliares de educación:

Según el artículo 224, los auxiliares de educación tienen derecho a 60 días de vacaciones anuales al inicio de las vacaciones escolares. Asimismo, antes del inicio del periodo vacacional están obligados a concluir y entregar la documentación inherente a sus funciones a la dirección de la institución educativa.

En las vacaciones escolares de medio año, los auxiliares de educación asisten a la institución educativa para desarrollar actividades propias de su cargo.

DATO:

El Ministerio de Educación y la UGEL 02 han programado capacitaciones a las que los docentes convocados deberán asistir en forma obligatoria, de acuerdo al cronograma establecido.

 

 

Equipo de Participación y Comunicación