Estudiantes cuentan con normas de protección frente a hechos de violencia

A fin de desterrar todo tipo de acciones violentas en las escuelas públicas y privadas del país, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM), recordó que existe una directiva sobre los lineamientos para la prevención y protección de los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas para garantizar el respeto y dignidad de los estudiantes.

El documento establece la interacción del escolar con el personal directivo, jerárquico, docente y administrativo que permita el reconocimiento y respeto mutuo. Ello, favorece el ejercicio de derechos y responsabilidades, que contribuyen a la solución pacífica de conflictos y la construcción de un entorno seguro y protector.

La directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, destaca el monitoreo que deben realizar las autoridades educativas para identificar logros y debilidades, así como recomendar medidas correctivas para la toma de decisiones a partir de un adecuado control de gestión. Además de optimizar los resultados en la ejecución de proyectos, programas, planes y políticas educativas.

Asimismo, se considera violencia a toda acción que implique la intencionalidad, la fuerza y el poder para someter, dominar, limitar o doblegar la voluntad de los estudiantes a través del condicionamiento o coacción emocional, física, sexual, económica, cultural o social.

También se rechazar el trato humillante, conducta que discrimina, menosprecia, humilla, denigra, amenaza asusta o ridiculiza a una niña, niño o adolescente, afectado su dignidad.

Sector Educación

En ese sentido, es responsabilidad del sector Educación proponer políticas y establecer estrategias de formación docente relacionadas con la tutoría y orientación educativa para sensibilizar a los docentes y al personal delas instituciones educativas de la problemática de la violencia contra los estudiantes.

Coordinar con os diferentes niveles de gobierno, sectores públicos, privados y sociedad civil a nivel nacional, así como agencia de cooperación internacional, para efectuar jornadas de tutoría y orientación educativa, relacionadas con la prevención y atención de la violencia.

Además promover la suscripción de convenios con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y otras instituciones de la administración pública, a fin de realizar acciones conjuntas para la prevención y atención de los estudiantes víctimas de la violencia.

Instituciones educativas

Ante casos de una presunta comisión de un acto de violencia contra los estudiantes, los directores o tutores de las instituciones educativas tienen la responsabilidad de orientar a los estudiantes y su familia las acciones a realizar ante un hecho de violencia, así como acompañarlos a los servicios locales de protección y asistencia.

Asimismo, deben asegurar la permanencia en la institución educativa de los estudiantes que hayan sido víctimas de actos de violencia, sin desatender su recuperación a fin de garantizar su integridad física y psicológica.

Las denuncias

Cuando se trata de una denuncia por un hecho de violencia, ésta puede ser escrita y dirigida al director de la institución educativa o a la Oficina de Trámite Documentario de la Unidad de Gestión Educativa Local a la que permanezca dicho centro de estudios, la misma que será remitida a titular de la entidad, bajo responsabilidad.

Cabe precisar, que el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, promulgó en junio de 2012, el Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, que consta de 21 artículos y cuatro disposiciones complementarias.

Allí se detalla sobre las responsabilidades del Ministerio de Educación, de los gobiernos regionales, de las instituciones educativas, de los profesionales en psicología y de las entidades del Estado, en caso de violencia en los centros educativos a nivel nacional.