Directores deben presentar un reporte de asistencia docente

La UGEL 02 comunica a todos los directores de las II. EE. de su jurisdicción, que deben garantizar el control y el cumplimiento de la asistencia del personal de su institución; asimismo que deben hacer uso estricto del Formato Complementario de Consolidado de Asistencia del Personal Docente y Administrativo, con el propósito de contribuir al ordenamiento y sistematización de la información registrada y, por ende, a la adecuada gestión administrativa del trámite.

El documento en mención incluye datos que contribuyen a evidenciar las horas y días efectivos del trabajo escolar, como las inasistencias, las tardanzas, las sanciones, entre otros. El mismo puede descargarlo mediante el siguiente enlace AQUÍ 

IMPORTANTE

En ese sentido, y a fin de agilizar los sistemas de procesamientos de Recursos Humanos, nuestra institución solicita a los directores presentar con carácter MUY URGENTE el reporte y consolidado de asistencia del personal a su cargo los dos primeros días hábiles de noviembre, de las siguientes maneras:

DATO

De no presentar dicha información en los plazos correspondientes, no estaría cumpliendo con las funciones atribuidas a los directores establecidas en el artículo 55 de la Ley General de Educación – Ley N.°28044, la cual menciona “El director es la máxima autoridad y el representante legal de la I. E. o el que haga sus veces es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo”.

Por lo tanto, se recomienda tomar en consideración lo establecido, a fin de evitar acciones administrativas, disciplinarias y/o judiciales que hubiese lugar por incumplimiento.

 

 

Equipo de Participación y Comunicación