Director de UGEL 02 lidera la supervisión en II.EE. públicas y privadas en la jurisdicción
Martes, 28 Enero, 2014 - 14:30
Baltazar Lantarón Núñez, director de la UGEL 02 lidera la supervisión en II.EE. públicas y privadas en la jurisdicción, en beneficio del Buen Inicio del Año Escolar 2014.
El Órgano de Dirección emitió el oficio múltiple N° 010-2014-DUGEL.02, precisando lo siguiente:
- Se garantizará para que todos los estudiantes estén presente desde el primer día de clases (10-3-2014), atendiendo especialmente la matrícula de los estudiantes de zonas urbanas marginales, los que trabajan, así como estudiantes embarazadas en situaciones de maternidad o que presenten alguna discapacidad.
- Coordinar con el CONEI, APAFA y vecinos se realizarán acciones de sensibilización para que los padres de familia envíen a sus hijos a la escuela desde el 10-02-2014.
- Por ningún motivo se condicionará la matricula a una evaluación de ingreso ni a pagos condicionales por ningún concepto, cuotas, donaciones, entre otros.
- En ningún caso la matrícula escolar está supeditada al pago previo de la cuota ordinaria y/o aportes extraordinarios de la Asociación de Padres de Familia, y otros conceptos, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del Director de la I.E. pública.
- La matrícula se realizará por única vez al inicio del sistema educativo peruano. Efectuada la matrícula en el nivel de Educación inicial o modalidad educativa, la continuidad del estudiante en la I.E. y su progresión en los grados de estudios, en primaria hasta concluir la educación secundaria es automática y no requiere de ratificación alguna de la matrícula.
- Respecto a la matrícula de educación inicial se debe tener presente que ésta se realiza de acuerdo a la edad a cumplirse al 31 de marzo de 2014, con excepción de los niños que ingresaron al sistema educativo en el año 2009, quienes deberán ser matriculados de acuerdo a la edad para la matrícula en Educación Básica Regular son de carácter general y están basados en fundamentos psicopedagógicos orientados al desarrollo integral de los niños, con la finalidad que se encuentren en óptimas condiciones para iniciar sus estudios. Por este motivo se ha puesto especial cuidado en normar el acceso a cada grupo de edad para responder a las exigencias educativas de cada año y grado.
- Los estudiantes deben presentar el DNI o pasaporte además de control de vacunas para la matrícula. De no contar con alguno de estos documentos, esto se debe regularizar a más tardar al finalizar el I semestre del año escolar 2014.
- Las II.EE. privadas deben brindar información sobre las condiciones pedagógicas e institucionales a las que se ajustará la prestación del servicio educativo durante el año escolar y las responsabilidades que asumen las familias, lo que será registrado en un documento suscrito por el padre o madre de familia y la dirección de la institución, de conformidad con la Ley N° 26549 y su modificatoria Ley N° 27665, Ley de Centros Educativos Privados.
- La atención a estudiantes son necesidades especiales en II.EE. públicas y privadas, se rige por la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
- Todas las II.EE. públicas y privadas en todos los niveles y modalidades, se reservan al menos 2 vacantes por aula para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad (leve o moderada), el director de la I.E. solicita apoyo al SAANEE (Servicio de Apoyo y Asesoramiento de las Necesidades Educativas Especiales) de su jurisdicción, a fin de garantizar la atención educativa pertinente. La I.E. podrá incluir a 10 o más estudiantes con discapacidad, siempre y cuando garantice un docente especializado sin aula a cargo para la orientación y acompañamiento a dichos estudiantes, docentes de aula y familias.
- Los estudiantes con discapacidad, deben participar en todas las actividades con los mismos derechos y deberes que los demás estudiantes, la matrícula se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica establecida para cada grado considerando la permanencia de 2 años en un grado, por única vez en el nivel. Es responsabilidad del equipo directivo regularizar su historial escolar, la matrícula no está condicionada a la presentación de documentos o requisito alguno.
- En las II.EE. públicas no es obligatorio el uso del uniforme escolar. Las II.EE. privadas se rigen por su reglamento interno.
CESSIEP de la UGEL 02, recibirá las Denuncias y quejas al Telef.: 7879478