Quedó listo el marco legal para implementar la Ley del Servicio Civil en toda la administración pública

Luego de recibir los aportes de diversos sectores, el Poder Ejecutivo completó todo el marco normativo que permitirá la pronta implementación de la Ley del Servicio Civil en toda la administración pública a nivel nacional. Hoy se publicaron en el diario oficial El Peruano el Reglamento General de la Ley y el del Régimen Especial para Gobiernos Locales, ambos propuestos por SERVIR ante la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). También, se publicó el reglamento de Compensaciones, este último a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas.

La publicación de los 3 reglamentos dan inicio formal a la vigencia de la Ley del Servicio Civil, aprobada por el Congreso de la República en julio del año pasado y que constituye una de las principales reformas del gobierno peruano. La reforma introduce un régimen de servicio civil único basado en la meritocracia, la capacitación y evaluación permanente del personal con el objetivo de mejorar sus capacidades y lograr un mejor servicio público para el ciudadano.

SERVIR informó que, a la fecha, existen 65 entidades del Gobierno Central, Regional y Local, que ya han iniciado su preparación para el pase progresivo al nuevo régimen de servicio civil. Se estima que las primeras entidades ingresarán al nuevo servicio civil dentro del segundo semestre del año.

“Estamos trabajando de la mano con estas entidades con el fin de mostrar los beneficios concretos de la Ley. Cuando los trabajadores vean estos beneficios, estamos seguros que habrá una migración importante al nuevo régimen”, señaló SERVIR.

Reglamentos
El Reglamento General desarrolla reglas tanto para los servidores civiles que decidan pasar al servicio civil como para todos los servidores del Estado.

Cuenta con dos partes. El primer libro se aplica a todos los servidores civiles (Regímenes 276 y 728) y contiene reglas de capacitación, evaluación, derechos colectivos, régimen disciplinario e instrumentos de gestión. El segundo libro se aplica solo a aquellos que se pasen al nuevo régimen de servicio civil e incluye derechos y obligaciones, incorporación y término en el servicio civil, así como las reglas aplicables a funcionarios, directivos, servidores de carrera, servidores de actividades complementarias y servidores de confianza.

En cuanto a la capacitación, esta se establece como una política prioritaria del Estado para lograr mejoras en las capacidades de los servidores públicos. La norma regula tanto los incentivos para generar una mayor y más ordenada capacitación en el Estado como las reglas para mejorar la oferta de capacitación en el Estado. También se establecen incentivos y mecanismos para acceder a diplomados y maestrías.

En cuanto a la evaluación, el reglamento ratifica que los servidores serán evaluados en su desempeño en puesto, descartándose los exámenes escritos de conocimientos. También se introducen las garantías necesarias para que los servidores cuenten con información oportuna sobre la evaluación, las metodologías a emplearse, los criterios, entre otros.

Se ratifica que un servidor incurre en causal de término de la relación si después de dos (2) evaluaciones y, previa capacitación, obtiene la calificación de “rendimiento sujeto a observación”.

En relación al pase al servicio civil, se ratifica que serán por concursos públicos competitivos. Las entidades convocarán a concursos una vez que aprueben el Cuadro de Personal de la Entidad (CPE). Los concursos de los servidores civiles de carrera y servidores de actividades complementarias serán cerrados para servidores del Estado en el 90% de puestos, y abiertos para el 10% de puestos. Si un concurso es declarado desierto, el segundo concurso será abierto para cualquier postulante sea del Estado o no.  

Se precisa que los servidores CAS (Régimen 1057) podrán postular al concurso cerrado si trabajaron en el Estado en algún momento, a partir del 4 de julio de 2013.

En cuanto a los servidores que pasan al servicio civil, se regula, entre otros, la contratación por media jornada, el teletrabajo y días de libre disponibilidad. Asimismo, el proceso de selección, concursos, requisitos y responsabilidades y se desarrolla los casos de descanso pre y postnatal, el ejercicio de cargos políticos, permisos, ejercicio del derecho de huelga, entre otros.

También se establecen garantías para una adecuada aplicación de las causales de término de la relación vinculadas a la supresión del puesto y/o extinción de la entidad. El reglamento desarrolla adicionalmente el alcance del servicio civil de carrera, el reingreso y el término, las modalidades de desplazamiento al interior y entre entidades y se establecen las familias de puesto para todos los grupos.

Finalmente, en cuanto al reglamento de gobiernos locales de menos de 20 trabajadores (régimen especial), este contiene las reglas propias en capacitación, evaluación, derechos colectivos, régimen disciplinario e instrumentos de gestión. Asimismo, se establecen reglas en derechos y obligaciones, incorporación y término en el servicio civil, así como las reglas aplicables a funcionarios públicos, directivos públicos, servidores civiles de carrera, servidores de confianza y servidores de actividades complementarias.

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